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El 3 de mayo de 2020, a las seis y media de la mañana, en José C. Paz, la oficial de la Policía de la Ciudad Melina Luján San Roque, de franco y de civil, disparó al menos cuatro veces contra Santiago Dylan Santucho, de 17 años, y le acertó dos proyectiles. Uno de ellos, que ingresó al cuerpo en el glúteo izquierdo, causó la muerte del adolescente.
En lugar de quedarse en el lugar, informar a la policía provincial lo sucedido y pedir una ambulancia para asistir al chico que aún vivía, la mujer policía salió corriendo, informó a los gendarmes que estaban haciendo adicionales en la estación de tren, que le dijeron que como estaban haciendo servicios adicionales no podían dejar ese lugar, y se fue a su casa. Recién desde allí llamó primero a su comisaría de la Policía de la Ciudad y luego al 911 para informar a la bonaerense.
Como de costumbre, el parte policial fue tomado al pie de la letra y en el inicio de la causa judicial se sindicó a Dylan como “imputado” por el delito de robo agravado en grado de tentativa, y a la policía San Roque como damnificada. Pero pronto quedó claro que no hubo otras armas en la escena más que la reglamentaria de la oficial San Roque, que disparó por la espalda al pibe que se alejaba de ella, y fue imputada por el homicidio.
Aunque nunca estuvo presa, y todo indica que no fue exonerada de la Policía de la Ciudad, la causa siguió avanzando, y en los primeros días del mes de julio del año que viene, será juzgada por el Tribunal Criminal nº 5 de San Martín, bajo la modalidad de juicio por jurados.
La fiscalía la acusa por homicidio doloso (intencional) agravado por el uso de arma de fuego, que prevé una pena de 8 a 25 años de prisión. La familia de Dylan, junto a CORREPI, reclama en cambio la pena de prisión perpetua, porque fue un homicidio calificado por haber sido cometido por una integrante de una fuerza de seguridad, que usó su arma reglamentaria. Exactamente la misma figura, prevista en el art. 80 inc. 9º del código penal, por la que fueron detenidos los colegas de Melina San Roque que dispararon, también de civil, contra el auto en el que viajaban cuatro chicos en Barracas y asesinaron a Lucas González.
Si se hubiera cumplido nuestro viejo reclamo de prohibir la portación y el uso del arma reglamentaria cuando los policías están de civil, ni Lucas ni Dylan hubieran muerto, ni morirían cotidianamente otros pibes en iguales circunstancias.
Por eso, a la vez que exigimos justicia por Dylan, seguimos reclamando que la prohibición de la portación y uso del arma reglamentaria a los integrantes de todas las fuerzas fuera de servicio y de civil.

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