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Florencia Magalí Morales (39), fue detenida el 5 de abril de 2020, en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio, en la comisaría 25ª de Santa Rosa del Conlara, San Luis, donde horas más tarde fue encontrada sin vida.
A pesar de que la policía y el gobierno pretendieron instalar la versión de suicidio, la familia, junto a sus abogados y a las organizaciones que la acompañan, promovieron la pericia que confirmó la tesis del estrangulamiento.
La causa ha tenido escasos avances y los responsables materiales de la muerte de Florencia están en libertad. El jueves 2 de diciembre, el juez de Instrucción Jorge Pinto dictó el procesamiento de cuatro policías, Reynaldo Heraldo Clavero, Marcos Dionisio Ontiveros, María Eugenia Argüello y Johana Paola Torres y dispuso la prisión preventiva de los primeros. Pero lo que debería haber sido un procesamiento por lo que está probado que sucedió, la muerte de Florencia en el marco de las torturas a las que fue sometida durante su detención, se convirtió, en boca del juez, en apenas si una “aplicación de severidades” en concurso con “incomunicación indebida” de una persona detenida, “abuso de autoridad” e “incumplimiento a los deberes de funcionario público”.
Suena fuerte, pero en realidad todos esos delitos tienen penas leves y son excarcelables. Y sobre todo, una vez más confirman que jueces, fiscales y camaristas, a la hora de escribir “tortura” en una resolución sobre miembros de una fuerza de seguridad, se convierten en eximios maestros del eufemismo para que el crimen de estado por excelencia quede impune.
Florencia murió con motivo y en ocasión de los tormentos a los que fue sometida en esa comisaría. Ninguna otra calificación refleja la realidad. Las “severidades”, como los “apremios” o las “vejaciones”, aun con el agregado de los incumplimientos funcionales y todo lo demás, no son más que formas en la que el poder judicial contribuye a invisibilizar la represión.
Como para que no quede duda, enseguida dieron marcha atrás con la prisión preventiva, que sólo es inflexible para ladrones de gallinas –siempre que sean civiles- y tanto Clavero como Ontiveros fueron beneficiados con la excarcelación, previo depósito de una fianza que seguramente no salió de sus bolsillos sino de las arcas azules.
Una semana después, la Cámara de Apelaciones, más conmovida por los asesinos que por la víctima, les bajó el monto de las fianzas, cosa que se les hiciera más liviano el asunto.
El desarrollo de esta causa es un ejemplo más de cómo la violencia ejercida por el estado incluye la que provee el aparato judicial, que garantiza la impunidad de los asesinos, y, cuando la cosa es muy evidente, al menos les da un trato preferencial.
El caso de Florencia no es un hecho aislado, es parte de una de las modalidades más frecuentes de la represión estatal: las muertes en lugares de detención. El Archivo de casos de personas asesinadas por el aparato represivo estatal demuestra que estar en un calabozo es la primera causa de muerte a manos del estado. Históricamente, superaba el 50% del total. En los últimos dos años, a partir de las malas decisiones tomadas desde el inicio de la pandemia por el gobierno nacional, replicadas por los gobiernos provinciales y de la Ciudad, trepó al 70%.
Por Florencia, por cada persona muerta bajo custodia, exigimos que el gobierno atienda e implemente nuestra Agenda Antirrepresiva Urgente:


-Derogación de las facultades de las fuerzas para hacer detenciones arbitrarias ¡Cumplan la sentencia Bulacio ya!
-Prohibición de dar defensa institucional a miembros de las FFSS en causas penales
-Gratuidad para el acceso al sistema judicial de víctimas y familiares de víctimas de la represión.


¡NADIE SE SUICIDA EN UNA COMISARÍA!
¡JUICIO Y CÁRCEL A LOS ASESINOS!
¡JUSTICIA POR FLORENCIA!
El estado es responsable

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