El 8 de abril, el Gobierno Nacional publicó el DNU 235/2021, con vigencia desde el día siguiente, que impone nuevas restricciones a actividades, circulación de personas y uso del transporte público en función del agravamiento de la situación sanitaria.
Estas medidas, fundamentadas en la necesidad de reducir el evidente riesgo epidemiológico, no están acompañadas de otras que resuelvan la situación de la mitad de la población bajo la línea de pobreza, que trabaja en condiciones informales y precarias. Por el contrario, nuevamente son las fuerzas de seguridad las que controlarán el cumplimiento de la nueva normativa, bajo amenaza del inicio de causas penales por los delitos de desobediencia y propagación de epidemias (arts. 239 y 205 CP).
Resumen del DNU 235/2021:
a. Actividades prohibidas:
Están prohibidas las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas; limita por cantidad de personas, según sea en lugar cerrado o al aire libre, la práctica deportiva; impone el cierre de bares y restaurantes de 23:00 a 06:00 y fija el aforo del 30% para teatros, cines, centros culturales, clubes, iglesias, etc.
Están prohibidas las actividades y reuniones en domicilios particulares (salvo asistencia de personas que requieran cuidados), sea cual sea la cantidad de personas.
Están prohibidas las actividades y reuniones en espacios públicos, al aire libre, de más de 20 personas.
b. Uso del servicio público de transporte de pasajeros:
Solo pueden utilizar el transporte público las personas definidas como “trabajadores esenciales” en el art. 11 del decreto 125/2021 o las personas que deban realizar algún trámite previsto como excepción.
El listado de actividades esenciales y de actividades permitidas por única vez está en: https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas
En todos los casos, se debe tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC) a través de la App CUIDAR o en www.argentina.gob.ar.
Las patronales deben proveer transporte particular a lxs trabajadores de actividades permitidas que no prevén el uso de transporte público.
Para cualquier otro tipo de actividad no prevista se debe utilizar transporte particular o caminar. Si tenemos que alejarnos de nuestro domicilio, y sobre todo si hay que cruzar de provincia a CABA o a la inversa, también hay tener el CUHC.
c. Circulación nocturna:
Está prohibida la circulación de personas de 23:00 a 06:00. Sólo se exceptúan trabajadores esenciales, trabajadores industriales con horario nocturno, y quienes deban volver a su domicilio desde su lugar de trabajo o a la inversa. En todos los casos se debe tener el CUHC y constancia de la patronal.
Recomendaciones para cuidarnos:
- Salir siempre con DNI y, salvo compras o trámites de cercanía, con la App CUIDAR descargada en el celular, el autodiagnóstico actualizado y el Certificado Único de Circulación, sea el permanente por tareas esenciales o el especial para actividades y trámites permitidos (cuidado de personas, consultas médicas, trámites bancarios, citaciones judiciales, etc.).
- Recordemos que el certificado demora alrededor de cuatro horas en descargar, hay que sacarlo con tiempo.
- Si nos movemos en vehículo particular (automóvil o moto), propio o de un tercero, ponerlo al tramitar el CUHC.
- El uso del transporte público -en particular el interurbano- está reservado para quienes cumplan tareas esenciales. En los demás casos (fuerza mayor, asistencia a personas mayores, turnos médicos etc.), en caso de no tener movilidad propia, al tramitar el certificado específico se debe consignar el nº de Tarjeta SUBE, lo que será o no autorizado para ese viaje puntual.
- Siempre –y muy especialmente cuando no son salidas rutinarias por trabajo-, avisar a alguien que saliste, adónde y para qué, y luego avisar el regreso al domicilio. La solidaridad es nuestro principal recurso defensivo.
- Tengamos en cuenta que es más frecuente la intercepción de grupos que la de personas que caminan solas.
- En caso de ser interceptadx por miembros de las fuerzas de seguridad, mantener la calma y responder clara y tranquilamente el motivo de la salida, exhibiendo la documentación o los elementos que justifiquen la salida. No nos expongamos a ninguna situación conflictiva innecesaria que habilite la reacción de los uniformados. No les demos excusas para que nos lleven detenidxs.
- En caso de ser detenidxs, sepamos que en el 99% de los casos recuperaremos la libertad en unas horas. En ese lapso nos van a identificar, fichar para constatar antecedentes, aplicarán –o no- los protocolos sanitarios, y nos van a notificar el delito o contravención que nos imputan. En todo momento mantengamos la calma y respondamos las preguntas con serenidad y aplomo. Sabemos que cualquier reclamo, hasta el más inocente de apelación a nuestros derechos y garantías constitucionales, nos expone a sumar la acusación por “atentado y resistencia a la autoridad”. Guardemos los papeles que nos den, para poder ocuparnos nuestra defensa en la causa una vez que termine la emergencia.
- Dado que la mayoría de las personas que quedan detenidas más tiempo es porque tenían algo “pendiente” (causas abiertas, probations en curso, problemas de residencia), tratemos que las salidas para compras o asistencia a mayores no queden a cargo de quienes tengan alguna vulnerabilidad extra en ese aspecto.
Seamos conscientes que nada facilita más la implementación del control social que una situación de excepción como la que estamos viviendo, y que de nosotrxs depende que la solidaridad prevalezca sobre la especulación y el autoritarismo.